Una de las principales obligaciones legales de todo comerciante y de sus establecimientos es contar con la matricula mercantil, esta debe ser renovada cada año durante los tres (3) primeros meses del año. Pero ¿por qué es importante hacerlo? Compartiremos algunos de los beneficios a los cuales podrá acceder con la renovación de su matrícula mercantil, igualmente obtendrá estos beneficios con la formalización de su actividad mercantil.
Podrá acceder a la información del RUES de todos los comerciantes (personas naturales y jurídicas) inscritos en el Registro Mercantil que tengan su matrícula mercantil y la de sus establecimientos de comercio a nivel nacional renovada y descargar de manera inmediata la información utilizando distintos criterios de búsqueda.
Recibir información sobre los programas y acciones que ofrece la Cámara de Comercio para el fortalecimiento empresarial, cursos virtuales o presenciales, capacitaciones y eventos que realizará en el año junto con el cronograma de cada una de las actividades.
Credibilidad, pues la renovación y/o inscripción funciona como una carta de presentación de su empresa, además le brinda identidad como comerciante y un status de legalidad, protegiendo el buen nombre empresa frente a posibles y actuales socios, clientes y proveedores.
Hace pública la calidad de comerciante, frente a potenciales clientes que consulten el registro.
Asesoría y acompañamiento permanente de manera gratuita por parte de la Cámara de Comercio de Cúcuta a través de Asesorías Jurídicas en temas registrales.
Podrá formar parte y acceder al Marketplace de la Cámara de Comercio de Cúcuta
Podrá tener fácil acceso al portafolio de Servicios Empresariales que ofrece la Cámara de Comercio, el cual permitirá el crecimiento y evolución de su empresa en el mundo de los negocios.
Recuerde que es deber de todo comerciante cumplir con la renovación de la matricula mercantil entre el 1º de enero y el 31 de marzo de cada año, así mismo para el ejercicio del comercio, el obligatorio que los establecimientos de comercio abiertos al público tengan Matrícula Mercantil Vigente; su inobservancia genera sanciones por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio que pueden ascender hasta los 17 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes.